Respecto a la información publicada en algunos medios de comunicación sobre la revocación de la autorización de donatarias, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa:

• Las Donatarias Autorizadas son aquellas organizaciones civiles o fideicomisos que cuentan con autorización por parte del SAT para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta (ISR), es decir, permiten que las personas donantes paguen menos contribuciones. 

• Las donatarias están obligadas a destinar dichos recursos a los fines autorizados por la Ley del ISR y es obligación del SAT verificar que cumplan con sus obligaciones.

• La autorización constituye un requisito indispensable para que este tipo de organizaciones tributen como una persona moral con fines no lucrativos, conforme al Título III de la Ley del ISR y, por lo tanto, no paguen dicho impuesto.